II. Mecanismo de Afiliación y Beneficios


La integración de los miembros de la cadena comercial (operadores directos – Agencias, operadoras náuticas – bróker’s) se incentiva a través de un esquema de beneficios mutuos.

DESCRIPCION DE UN PRESTADOR DE SERVICIOS TURISTICOS NAUTICOS:

En términos jurídicos, de acuerdo a la LEY GENERAL DE TURISMO, LEY DE NAVEGACION Y COMERCIO MARITIMO un Prestador de Servicios Turísticos Náuticos es una persona física o moral que, contando con las concesiones, permisos o autorizaciones de las autoridades federales competentes, ofrece, comercializa o provee actividades recreativas, deportivas o de esparcimiento en vías navegables.

DESCRIPCION DE UN PRESTADOR DE SERVICIOS TURISTICOS / CADENA DE VALOR:

En el ecosistema del turismo náutico, quienes comercializan y venden los servicios sin ser los dueños de los barcos se les conoce legalmente como Intermediarios, Comercializadores Turísticos o Agencias de Viajes y Excursiones Náuticas.

La Ley General de Turismo especifica que son prestadores de servicios tanto quienes operan directamente el atractivo como quienes contratan, reservan, promueven o enlazan al usuario final con el servicio. Por lo tanto, están obligados a cumplir con la formalidad del sector (como contar con su propio Registro Nacional de Turismo) y todas sus regulaciones para acreditar a la cadena de valor su legalidad..

  • Registro Nacional de Turismo En caso de no contar con el registro, firmar la carta de responsabilidad con la primicia de realizar el tramite.
  • Se encuentren debidamente registradas y reguladas ante el SAT como personas físicas o morales.
  • Contar con domicilio, fiscal, social y/o lugar operativo
  • Cuota mínima
  • legitimación de interlocución Gubernamental.
  • Representación ante los 3 niveles de gobierno.
  • Posicionamiento social y sectorial.
  • Asesoría y apoyo institucional en los procesos de regularización y legalización.
  • Estandarización Comercial y Canales de Difusión Digital.
  • Seguridad y respaldo jurídico ante contingencias, negligencias o arbitrarios. (Defensa Jurídica Colectiva)
  • Fomento a Profesionalización y certificación del personal operativo y comercial.